En el artículo 14 de este Real Decreto que trata sobre Evaluación y defensa de la tesis doctoral, se hace referencia expresa al depósito del archivo electrónico abierto de la tesis en un repositorio institucional:
14.5. Una vez aprobada la tesis doctoral, la universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio de Educación a los efectos oportunos.
Por lo tanto, podemos afirmar que ya tenemos un mandato nacional sobre el archivo en acceso abierto de las tesis doctorales. Es una buena noticia para el movimiento de acceso abierto a la comunicación científica
Autor de la noticia: Apoyo de la Biblioteca a la Investigación.