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/ Comentarios a las leyes de Toro... / J.A.Posadilla
1: Notas sobre la edición digital : 1
1: PORTADA Comentarios a las Leyes de
Toro según su espíritu y el de la legislacion de España
en que se tratan las cuestiones prácticas, arreglando sus
decisiones á las leyes y resoluciones mas modernas que en
el día rigen : Obra útil a todos los que no hayan estudiado
el Derecho romano, por proscribirse de ella las citas de
él, y á los que acaban de estudiarle por las modernas Reales
resoluciones que no pudieron comprender los antiguos comentadores
compuesta por Don Juan Alvarez Posadilla. - Tercera impresion
. - Madrid : Imprenta de Don Antonio Martínez, 1826 : 1
1: Prólogo : 2
1: INDICE : 3
1: Introduccion : 5
1: Ley primera De la ley : que sea la ley :
los requisitos que deba tener para su validacion, quienes
pueden hacer leyes : quienes interpretarlas : cuando la
ley obliga en conciencia : el orden de las leyes : y cual
debe ser preferida : á qué se ha de recurr : 6
2: Comentario : 8
1: Ley II De los estudios que debe tener el
juez letrado : 22
2: Comentario : 22
1: Ley III De los testamentos : division de
ellos : solemnidades : personas que pueden testar, codicilos,
y de la cláusula codicilar
: 25
2: Comentario : 25
1: Ley IV De los condenados a muerte, si pueden
testar : 41
2: Comentario : 41
1: Ley V De los hijos de familia, si pueden
testar : 42
2: Comentario : 42
1: Ley VI De la sucesion de los ascendientes
: 43
2: Comentario : 43
1: Ley VII De la sucesion de los hermanos :
49
2: Comentario : 50
1: Ley VIII De la sucesion de los colaterales
: 50
2: Lámina Arbol de Consanguinidad : 51
2: Comentario : 50
1: Ley IX De la sucesion de los ilegítimos :
55
2: Comentario : 56
1: Ley X De los alimentos que se deben á los
hijos ilegitimos y en qué cantidad de la herencia : 60
2: Comentario : 61
1: Ley XI De los hijos naturales : 62
2: Comentario : 62
1: Ley XII De los hijos legitimados : 62
2: Comentario : 63
1: Ley XIII De los hijos abortivos, quiénes
se digan tales para no suceder á sus padres : 65
2: Comentario : 66
1: Ley XIV De los bienes gananciales : 67
2: Comentario : 67
1: Ley XV De los bienes heredados del primer
matrimonio, é hijos de él. : 69
2: Comentario : 69
1: Ley XVI De lo que los cónyuges dejan en testamento
a sus cónyuges : 70
2: Comentario : 71
1: Ley XVII De las mejoras que se hacen á los
hijos : 71
2: Comentario : 71
1: Ley XVIII De las mejoras hechas á los nietos
: 73
2: Comentario : 73
1: Ley XIX De las mejoras de tercio y quinto
hechas en cosas determinadas : 74
2: Comentario : 74
1: Ley XX De las mejoras : cuándo se pueden
pagar en dinero, y cuándo no : 76
2: Comentario : 76
1: Ley XXI De las renuncias de herencia hechas
por los hijos mejorados : 77
2: Comentario : 77
1: Ley XXII De los pactos de mejorar y no mejorar,
cuándo y cómo obligarán : 78
2: Comentario : 78
1: Ley XXIII Del tiempo á que se ha de regular
el valor de los bienes para el cómputo de las mejoras si
al de estas, ó al de la muerte de los testadores : 83
2: Comentario : 83
1: Ley XXIV De las mejoras hechas en testamento
nulo ó roto, si valdrán : 83
2: Comentario : 84
1: Ley XXV De las donaciones que se traen á
colacion, si de ellas se deben sacar las mejoras : 85
2: Comentario : 85
1: Ley XXVI De las donaciones hechas á los hijos,
cuándo se han de computar mejoras : 87
2: Comentario : 87
1: Ley XXVII De los vínculos y gravamenes que
se pueden poner á las mejoras, y cómo : 88
2: Comentario : 88
1: Ley XXVIII De las mejoras de quinto hechas
á los hijos, si puedan ser de dos quintos, uno en vida y
otro en testamento : 89
2: Comentario : 89
1: Ley XXIX De los bienes que los hijos son
obligados a traer á colacion cuando heredan á sus padres
: 90
2: Comentario : 91
1: Ley XXX De las impensas en los funerales
: 100
2: Comentario : 100
1: Ley XXXI Del comisario para hacer testamento,
y para qué cosas necesita especial poder : 103
2: Comentario : 103
1: Ley XXXII De lo que los comisarios pueden
hacer en virtud de poder general para testar : 105
2: Comentario : 105
1: Ley XXXIII Del término dentro del que el
comisario puede hacer el testamento : 106
2: Comentario : 106
1: Ley XXXIV Del poder en virtud del que el
comisario podrá revocar el testamento que el testador haya
hecho : 107
2: Comentario : 107
1: Ley XXXV Si hecho el testamento por el comisario
podrá o no añadir, ó quitar ó hacer codicilo : 107
2: Comentario : 107
1: Ley XXXVI En caso de que el comisario no
haga testamento, quiénes sucedan en los bienes, y cómo deban
disponer de ellos : 108
2: Comentario : 108
1: Ley XXXVII De lo que el comisario para concluir
el testamento principiado por el testador puede disponer
: 109
2: Comentario : 109
1: Ley XXXVIII Del modo de terminarse las discordias
de los comisarios, caso de ser dos o mas : 110
2: Comentario : 110
1: Ley XXXIX De las solemnidades de los poderes
para testar : 111
2: Comentario : 111
1: Ley XL De la voluntad del hombre en orden
á disponer de sus bienes : de los mayorazgos : fin y utilidad
de ellos : de los daños y perjuicios que causan y cuales
y cómo se pudieran evitar subsistiendo mayorazgos : 112
2: Comentario : 113
1: Ley XLI Del modo de probarse el mayorazgo
: 135
2: Comentario : 135
1: Ley XLII De la licencia del Rey, y si deba
preceder á la fundacion del mayorazgo : 136
2: Comentario : 136
1: Ley XLIII Que la licencia no espira por la
muerte del Rey que la dió : 136
2: Comentario : 136
1: Ley XLIV Cuándo por el fundador se puede
revocar el mayorazgo y cuándo no : 137
2: Comentario : 137
1: Ley XLV De la posesion y los remedios posesorios
: 137
2: Comentario : 137
1: Ley XLVI De los edificios y obras hechas
en cosas de mayorazgos : 151
2: Comentario : 151
1: Ley XLVII De la patria potestad : 155
2: Comentario : 155
1: Ley XLVIII Del usufruto de los bienes adventicios
de los hijos cuando se casan : 156
2: Comentario : 156
1: Ley XLIX Del matrimonio clandestino y penas
de los que se casan contra el racional disenso de los padres
: 157
2: Comentario : 158
1: Ley L De la pena en que incurre el escribano
por la renuncia de la Ley del Fuero, que dispone no se pueda
dar en arras mas que la décima parte : 159
2: Comentario : 160
1: Ley LI De las arras, y quiénes sucedan en
ellas : 160
2: Comentario : 160
1: Ley LII De las donaciones llamadas sponsalitia
largitas, si no se verificó el matrimonio, cuándo las gana
ó no la esposa, y en qué parte : 161
2: Comentario : 161
1: Ley LIII De las dotes y donaciones propter
nuptias : 164
2: Comentario : 165
1: Ley LIV Que la muger sin licencia del marido
no pueda repudiar, ni aceptar
herencia sin beneficio de inventario : 170
2: Comentario : 170
1: Ley LV Que sin licencia del marido no puede
contratar la muger : 170
2: Comentario : 170
1: Ley LVI Que la licencia del marido puede
ser general : 171
2: Comentario : 171
1: Ley LVII Cuándo el juez, presente el marido,
puede dar licencia á la muger para contratar : 171
2: Comentario : 171
1: Ley LVIII De la ratificacion del marido en
lo hecho por la muger : 171
2: Comentario : 172
1: Ley XLIX De la licencia del juez en ausencia
del marido : 172
2: Comentario : 172
1: Ley LX De la renuncia de los gananciales
hecha por la muger : 172
2: Comentario : 172
1: Ley LXI De las obligaciones de las mugeres
por sus maridos : 173
2: Comentario : 173
1: Ley LXII De los privilegios de la muger para
no ser encarcelada, á qué causas se estienda : 175
2: Comentario : 175
1: Ley LXIII De la prescripcion de las acciones
: 176
2: Comentario : 176
1: Ley LXIV De la via ejecutiva : 177
2: Comentario : 178
1: Ley LXV De la interrupcion de la posesion
y propiedad que efectos obre en la prescripcion : 190
2: Comentario : 190
1: Ley LXVI De la satisdacion ó arraigo por
demanda de dinero : 191
2: Comentario : 191
1: Ley LXVII Del juramento : se prohibe en ciertos
sitios : 193
2: Comentario : 193
1: Ley LXVIII Del censo y enfiteusis : 194
2: Comentario : 194
1: Ley LXIX De la donacion de todos los bienes
: 195
2: Comentario : 195
1: Ley LXX Del retracto : 196
2: Comentario : 196
1: Ley LXXI Del retracto de muchas cosas vendidas
por un precio : 198
2: Comentario : 198
1: Ley LXXII Del retracto de las cosas vendidas
al fiado : 199
2: Comentario : 199
1: Ley LXXIII De los parientes que tienen derecho
de retracto, y hasta cuántos días : 200
2: Comentario : 201
1: Ley LXXIV Del retracto del señor del directo
dominio superficiario y comunero, si son preferidos al pariente
: 201
2: Comentario : 201
1: Ley LXXV Cuando el comunero use del derecho
de retracto, á qué sea obligado : 202
2: Comentario : 202
1: Ley LXXVI De las sentencias contra ausentes
en rebeldía en las causas capitales : 203
2: Comentario : 203
1: Ley LXXVII De los delitos de los cónyuges
: cuándo por ellos el delincuente incurre en pena de confiscacion
ipso jure : si perjudica al conyuge inocente en los gananciales
: 208
2: Comentario : 208
1: Ley LXXVIII De los delitos de la muger casada,
si pierde sus bienes por ellos, y qué bienes : 209
2: Comentario : 209
1: Ley LXXIX De los hijosdalgo, que puedan ser
encarcelados por delito ó cuasi, y por las deudas que de
ellos asciendan : 210
2: Comentario : 210
1: Ley LXXX Del coito carnal fuera del matrimonio,
si siempre fue prohibido : del celibatismo : si es causa
de la despoblacion : del adulterio, y quién puede acusar
de este delito : 212
2: Comentario : 212
1: Ley LXXXI De la acusacion de adulterio en
el matrimonio nulo : 221
2: Comentario : 222
1: Ley LXXXII De cuando el marido mató in fraganti
á los adúlteros, si ganara los bienes de ellos : 223
2: Comentario : 224
1: Ley LXXXIII Del falso testigo, y penas de
este delito : de las penas del escribano falsario : 226
2: Comentario : 226