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guía de derecho: índices/Ordenamiento de Alcalávolver a Guías por materias

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__ __FACSIMIL__

 1: Nota sobre la edición digital : 90

 1: Imprenta de Don Alejandro Gómez Fuentenebro : 2

 1: PORTADA El ordenamiento de Leyes , que D. Alfonso XI hizo en las Cortes de Alcalá de Henares el año de mil trescientos y cuarenta y ocho . Publicánlo con notas , y un discurso sobre el estado y condición de los Judíos en España los Doctores D. Ignacio Jord : 3

 1: Lámina  Haec vobis terras fugiens Astraea relinquo : 3

 1: Discurso preliminar : 4

   2: Estado de la jurisprudencia en el reinado de Don Alonso XI : 5

   2: Formación del Ordenamiento de Alcalá : 6

   2: Autoridad del Ordenamiento de Alcalá : 8

   2: Error de los que tuvieron por legítimo el Ordenamiento de Alcalá : 9

   2: Manuscritos que se han tenido presentes en esta edición : 12

   2: Razón de esta obra : 15

 1: Carta del Rey Don Pedro en que manda usar, e guardar las leyes, que en este libro se contienen  : 17

 1: El Ordenamiento de Alcalá : 18

 1: Aquí comiença El Libro de Las Leys, que fiço el Muy Noble Rey D. Alfonso por la gracia de Dios Rey de Castiella, de Leon, de Toledo, de Gallicia, de Sevilla, de Cordova, de Murcia, de Jaen, del Algarve, de Algeçira, é Sennor de Viscaya, è Condado de Molina : 19

 1: Titol primero De las Cartas , que se ganan del Rey : 20

   2: Ley I Como se pueda dar una Carta contra otra : 20

 1: Titol II De los emplaçamientos , et de las penas en que los omes caen por raçon dellos : 20

   2: Ley I De los que ganan Cartas maliciosamente para emplaçar à otros : 20

   2: Ley II De los que echan emplaçamiento maliciosamente : 21

   2: Ley III Quando puede la parte caer en plaço o en sennal : 21

   2: Ley IV Que la Sennal, ó el emplaçamiento en que cayeren en las Cibdades, è Villas è logares non sea mas de seis maravedis : 22

   2: Ley V De los que van à otros logares dotra jurisdicion por non comprir de derecho en el su lugar : 22

 1: Titol III De los abogados : 22

   2: Ley unica De los Abogados ; que plaço deve aver el que los pidiere : 22

 1: Titol IV Si alguno dixiere que non es de la juredicion del judgador : 22

   2: Ley Unica Fasta quando tiempo el demandado o el demandador deben probar la declinacion de la juredicion del Judgador : 22

 1: Titol V De las sospechas e recusaciones que son puestas contra los judgadores : 23

   2: Ley Unica Que debe façer el Judgador quando la parte dixiere que la ha por sospechoso : 23

 1: Titol VI De los asentamientos  : 23

   2: Ley Unica Como el Judgador puede ir por el pleyto adelante contra los rebelles si fa´cer asentamiento : 23

 1: Titol VII De la contestación de los pleytos : 24

   2: Ley Unica Como debe seer el demandado avido por confieso si non respondiere à la demanda fasta nueve dias : 24

 1: Titol VIII De las defensiones : 24

   2: Ley Unica Como las defensiones perjudiciales è perentorias se deven poner fasta veinte dias despues del pleyto contestado : 24

 1: Titol  IX De las prescripciones : 25

   2: Ley primera Que en la prescripcion de anno e dia debe aver titolo è buena feè : 25

   2: Ley II Fasta quanto tiempo duran las demandas personales : 25

 1: Titol X De las pruebas de los testigos : 25

   2: Ley Primera Quando el demandado debe ser rescibido à la prueba de su defension : 25

   2: Ley II Que los Testigos publicados , non sean otros recibidos : 25

   2: Ley III Del plaó que debe aver para traer los testigos, que oviere allende mar, o fuera del Regno : 26

   2: Ley IV Del plaço que deve ser dado : 26

 1: Titol XI De las pesquisas : 26

   2: Ley Unica Como se puede façer pesquisa sobre los terminos è pastos ; sobre tajar madera è coger lenna : 26

 1: Titol XII De las sentencias : 27

   2: Ley primera Que las Sentencias è los procesos sean valederos maguer mengue en ellos la orden del derecho : 27

   2: Ley II Fasta quanto tiempo debe el Judgador dar la Sentencia : 27

 1: Titol XIII De las Alçadas è de la nulidat de la Setencia : 27

   2: Ley primera De quales Sentencias interlocutorias se puedan alçar è de quales non : 27

   2: Ley II Quando el que no viene à oir Sentencia, se pueda alçar della : 28

   2: Ley III Fasta quanto tiempo se debe seguir el alçada é acabar : 28

   2: Ley IV Como el que se alça deve aparescer con el proceso del pleyto antel Juez de las alçadas é fasta quanto tiempo : 28

   2: Ley V Si alguno allegare contra la sentencia que es ninguna , fasta quanto tiempo lo puede decir : 29

 1: Titol XIV De las Suplicaciones : 29

   2: Ley Primera Fasta quanto tiempo pueden suplicar è seguir las suplicaciones : 29

   2: Ley II Que desque el pleyto fuere librado por suplicacion que dende adelante non sea oyda ninguna de las partes sobre aquel pleyto : 30

 1: Titol XV De lo que se debe dar por los seellos de los Alcalles è por las escripturas de los pleytos : 30

   2: Ley Unica De lo que han de (1) levar los Alcalles por los Seellos, è los Escribanos por las escripturas de los pleytos : 30

 1: Titol XVI De las obligaciones  : 30

   2: Ley Unica Como vale la obligacion entre absentes, aunque non aya y estipulacion : 30

 1: Titol XVII De las vendidas è de las compras : 31

   2: Ley Unica Como se puede desfaçer la vendida ò la compra, quando el vendedor se dice engannado en el prescio : 31

 1: Titol XVIII De las prendias è de los testamentos : 31

   2: Ley primera Que ninguno non peyndre à su debdor sin le ser dado poder para ello ; nin alguno por debda que à otro deba : 31

   2: Ley II De los Bueyes è de las Bestias de arada que non sean peyndrados por debdas , que los Sennores dellos deban : 31

   2: Ley III Como las lavores de las heredades non deben ser embargadas por Testamentos que sean fechos : 32

   2: Ley IV Que por las debdas que deben los Cavalleros o otros que mantengan cavallos è armas, non sean peyndrados los Cavalleros è armas de su Cuerpo : 32

 1: Titol XIX De los testamentos : 33

   2: Ley Unica Quantos testigos son menester en el testamento : et que valen las mandas, aunque non sea establescido heredero en el testamento : ò si lo fuere è non y viniere la herencia : 33

 1: Titol XX De la pena de los judgadores ; et de los Alguaciles, que toman dones et del oficio de los Monteros ; et que pena debe aver los que fueren contra los oficiales de la Corte del Rey o de los otros logares de su Sennorio : 33

   2: Ley Primera Que pena deben aver los Judgadores que toman dones : 33

   2: Ley II Como se debe façer la prueba contra los Judgadores que toman dones : 33

   2: Ley III Como los Alguaciles deben usar de su oficio (2) : 34

   2: Ley IV Si los alguaciles o Merinos o los otros Oficiales non comprieren los que los Alcalles mandaren ; quien lo debe comprir , eu que pena deben aver : 34

   2: Ley V Que pena merescen los guardadores de los presos si los soltaren ò non los guardaren bien : 35

   2: Ley VI Como se an dos Alguaciles por el Alguacil mayor en la Corte del Rey : 36

   2: Ley VII Como lo que dicho es en las Leyes antes desta han à guardar los Adelantados e Merinos mayores de Castiella e Leon è de Gallicia è de Asturias è de Alava è de Guípuzcoa : 36

   2: Ley VIII Que han de guardar los Merinos e otros Oficiales de las Cibdades : 36

   2: Ley IX Que los Merinos Mayores puedan poner cada uno en su Merindat un Merino mayor por si ; et quales deben ser estos, è los Merinos Menores : 36

   2: Ley X Como deben ser guardados los oficiales de nuestra Corte, è los del nuestro Conseio de non ir ninguno contra ellos : 37

   2: Ley XI En que pena caen los que fiçieren algunos destos yerros sobre dichos contra los Alcalles è Alguaciles mayores de toledo e de Gallicia è de Sevilla è de Cordova, è de Jaen, è de Murcia è de Algeçira : 37

   2: Ley XII De los que fiçieren ayuntamiento de gentes contra los Oficiales, que pena deben aver : 38

   2: Ley XIII De los que cometieren à los Oficiales para ferir, ò matar, que pena deben aver : 38

   2: Ley XIV Si algunos firieren o mataren à los Oficiales de las Villas e Logares o ficieren ayuntamiento e alboroço contra ellos ; ó si les tomaren presos, o les embargaren que non prendan en que pena caen : 38

 1: Titol XXI De los adulterios e de los fornicios : 39

   2: Ley primera De la mugier desposada que façe adulterio, en que pena cae ; el que la mugier casada o desposada non pueda desechar al marido, ó al Esposo de la acusacion por decir que fiço adulterio : 39

   2: Ley II De los que façen yerros con alguna mugier de casa de su Sennor que pena debe aver  : 40

 1: Titol XXII De los omecillos : 40

   2: Ley Primera Como los que fieren sobre acechanças o sobre conseio o fabla fecha deben morir por ello  : 40

   2: Ley II Que el que matare à otro como non debe aunque mate en pelea, que muera por ello : 41

 1: Titol XXIII De las vsuras, e de las penas de los vsureros  : 41

   2: Ley primera Que ningunt Christiano nin Christiana non den à usuras : 41

   2: Ley II Que ningunt Judio, nin JUdia, nin Moro, nin Mora non den à logro  : 42

 1: Titol XXIV De las medidas è de los pesos : 43

   2: Ley Unica En que manera deben ser las medidas è los pesosunos ; et porque vara se miden los pannos : 43

 1: Titol XXV De las penas è calonnas que pertenescen à la Camara del Rey : 44

   2: Ley Unica Quando pueden seer demandadas las penas è las calonnas que pertenescen à la Camara del Rey : et quien las pueden judgar : 44

 1: Titol XXVI De los portadgos e peajes : 45

   2: Ley Unica En que pena caen los que tomaren los portadgos ò peajes en los Logares do non se deben tomar : 45

 1: Titol XXVII De la significacion de las palabras : 46

   2: Ley primera Como se entiende muerte segura : 46

   2: Ley II Como se deben entender las palabras de las Leys è Fueros é Ordenamientos que fablan en como la justicia o juredicion o Sennorio de los logares o de otras cosas del Rey, si se pueden ganar por tiempo, o non : 46

   2: Ley III Como se deben entender las palabras de los Libros de las Partidas, è del fuero de las Leys, è de las Façannas, è costumbre antigua de Espanna è de los Ordenamientos de Cortes que fablan del Sennorio de los logares, e justicias, è fonsado, è fonsade : 47

 1: Titol XXVIII Por que leys se pueden librar los pleytos : 49

   2: Ley primera Como todos los pleytos se deben librar primeramente por las Leys deste libro ; et lo que por ellas non se pudiere librar, que se libre por los Fueros ; et lo que por los Fueros non se pudiere librar, que se libre por las Partidas : 49

   2: Ley II Como las Leys deste Libro deven ser guardadas en todos los Reynos, è tierras del Sennorio del Rey ; et que las deben facer guardar cada uno en las Villas è logares do han Sennorio. Et como las penas pertenescen al Sennor en su logar : 51

 1: Titol XXIX De los desafiamientos : 51

   2: Ley Unica Por que cosas , et por que personas, et en que manera se pueden desafiar los Fijosdalgo (2) : 51

 1: Titol XXX De la guarda de los castiellos è de las casas fuertes : 53

   2: Ley Unica Como toma el Rey en su guarda è en su encomienda las Casas fuertes , e Castiellos ; el que pena deben aver los que los furtaren o tomaren o los derribaren ò los cabtovieren entos atales (2) : 53

 1: Titol XXXI Como han de servir los vasallos al Rey, ò a otro sennor por las soldadas ò tierras, ò dineros que dellos tienen : 54

   2: Ley Unica Que fabla de los Vasallos con quantos de Cavallo, è de pie, è como guisados deben servir ; et como han de venir al plaçp, è non separar del Rey, ò del Sennor : et en que pena caen si lo asi non comprieren : 54

 1: Titol XXXII De las cosas , que el Rey Don Alfonso en las Cortes de Alcalà tirò, è declaro è mandò guardar del Ordenamiento  (2) que el emperador Don Alfonso fiço en las Cortes de Najera : 56

   2: Comienza el prologo (3) : 56

   2: Ley primera De los que ficieren asonadas : 56

   2: Ley II De los que vinieren à las asonadas : 57

   2: Ley III Que ningunt , nin Cavallero, nin otro fijodalgo non tomen conducho en lo del Rey, nin en Abadengo : 57

   2: Ley IV Que ninguno non sea osado de acusar , nin de rebtar a otro sobre traicion ò aleve fasta que primeramientre lo muestre al Rey en su paridat : 58

   2: Ley V Que fabla de la traicion è quantas maneras son de ella : 59

   2: Ley VI Que fabla de las tregoas , e de las seguranças, è de quantas maneras son : 60

   2: Ley VII En que manera se pueden facer los riebtos : 60

   2: Ley VIII Que despues que alguno rebtare à otro que esten en tregoa ellos, è sus parientes : 61

   2: Ley IX Si el reptado non viniere à responder al riepto : 61

   2: Ley X Que fabla que el reptado non puede desechar al reptador : 61

   2: Ley XI Como deve el Rey dar juicio contra el reptado : 62

   2: Ley XII Que fabla de la encartacion : 62

   2: Ley XIII Que fabla del que fuere Sennor de Aldea, o de Solares, ò oviere Solariegos, que non les puedan tomar el Solar : 63

   2: Ley XIV Que todos los Solares del Abadengo los vienes que dende salieren non puedan ser levados a otro Sennorio : 64

   2: Ley XV Que fabla que el Merino Mayor nin los sus Merinos non tomen mas Behetria lde quanto tenian quando el oficio les dió el Rey : 64

   2: Ley XVI Si diere el Emperador, o el Rey Encomienda à algunt fijodalgo ò à otro alguno, que non tome otra encomienda, nin Behetria por premio : 64

   2: Ley XVII Que ningunt ome fijodalgo non tome conducho, nin yantar en las Behetrias del Padre, è de la Madre seiendo vivos : 65

   2: Ley XVIII En que manera puede aver el fijodalgo toda la Behetria de parte de su Mugier : 65

   2: Ley XIX Que fabla de los fijosdalgo, que moraren en la Villa de Behetria, en que manera deben tomar faces de mies : 65

   2: Ley XX Que ningunt fijodalgo seiendo en la frontera non embie pedir servicio, nin pedido à Realengo, nin à Abadengo : 65

   2: Ley XXI Que ningunt fijodalgo pueda tomar conducho en lo del Rey, nin en el Abadengo : 65

   2: Ley XXII Que ha de pagar el fijodalgo que tomare por fuerça alguna cosa del Solariego è de Abadengo, è de Realengo, è de Behetria : 66

   2: Ley XXIII Que ningunt fijodalgo non resciva ninguna Behetria con fiadores : 66

   2: Ley XXIV Que ningunt Fijodalgo non mate al Labrador, que se non defienda por armas : 66

   2: Ley XXV De aquellos que soltaren infurcion, derecho ò martiniega : 67

   2: Ley XXVI Que ningunt Fijodalgo, nin otro Sennor non pueda de Solariego tornar Behetria : 67

   2: Ley XXVII Si por debdas , ò por fiaduria se ovieren à vender heredades de los Solares, quales las deben comprar : 67

   2: Ley XXVIII Que todo fijodalgo que viniere à la Behetria donde es devisero deve posar en aquella Casa de la Behetria : 67

   2: Ley XXIX Como deben seèr las cosas apresciadas que fueren tomadas en la Behetria : 68

   2: Ley XXX Si el Fijodalgo tomare mas conducho en la Behetria de autno es de Fuero et de derecho : 68

   2: Ley XXXI Que ningunt Fijodalgo non resciba Behetria donde no es natural : 69

   2: Ley XXXII Como deben pechar la prenda que tomaren en Behetria , è en Abadengo, è en Solariegos : 69

   2: Ley XXXIII Si alguno tomare conducho, ò ficiere prenda à tuerto à algunt Conceio como debe ser pagada  : 69

   2: Ley XXXIV Que fabla si algunt devisero tomare conducho demas del fuero como lo debe pagar : 69

   2: Ley XXXV Como deben facer la pesquisa los Pesquesidores : 69

   2: Ley XXXVI Como deben facer los Pesquesidores que lo fueren à la Behetria : ò al logar à facer la Pesquisa : 70

   2: Ley XXXVII Què deben facer los Pesquesidores si fallaren que el devisero tomomas de su derecho en las Behetrias : 71

   2: Ley XXXVIII Como deben los Pesquesidores embiar la pesquisa que ficieren al Rey : 73

   2: Ley XXXIX Como los pesquesidores deben pesquerir sobre las Heredades del Rey Si las alguno tomare : 73

   2: Ley XL Que la Mugier del Abadento que casare en Behetria, pueda levar vienes donde quiera que casare : 74

   2: Ley XLV Por quien debe seer puestos los Judgadores que han de judgar : 74

   2: Ley XLII Quales non pueden seer Jueces por embargos que han en si : 74

   2: Ley XLIII Que fabla del ome que fuere siervo que le non debe ser dado poderio de judgar : 75

   2: Ley XLIV De que edat  deve seer el Jues Ordinario, e el Delegado e què cosas ha de judgar el Jues Ordinario  : 75

   2: Ley XLV Que los Merinos han de ser por mandado del Rey : 76

   2: Ley XLVI Que fabla de la amistad de los Fijosdalgo : 76

   2: Ley XLVII Que fabla de las MIneras de oro, è de plata, è de plomo que son del Rey : 77

   2: Ley XLVIII Que fabla de las aguas, et poços salados : 77

   2: Ley XLIX Que fabla de los caminos cabdales como sean seguros : 77

   2: Ley L Que fabla que non aya pecio ninguno de los Navios : 77

   2: Ley LI De los Navios que vinieren de otras tierras : 78

   2: Ley LII Que ningunt Fijodalgo , nin otro alguno non pueda aver Encomienda, nin Abadengo, salvo el Rey : 78

   2: Ley LIII Que fabla de los Thesoros que fueron dados a los Monesterios por limosna : 78

   2: Ley LIV Que los Merinos non puedan tomar yantares mas de una vez en el anno : 78

   2: Ley LV Que fabla quanto deve aver el Rey, ò la Reyna, ò el Infante ò el Merino Mayor por los yantares : 79

   2: Ley LVI De como sea guardada à los Fijosdalgo la franqueça è la nobleça que han : 79

   2: Ley LVII De los Previllegios, è franqueças de los Fijosdalgo : 79

   2: Ley LVIII De si algunt Perlado, Arçobispo, ò Obispo finase que lo fagan saber al Rey : 79

 1: Discurso sobre el estado de los judios en España : 81

 
 

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