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Registro obras en el Registro de la Propiedad Intelectual

No es necesario incluir una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual para acreditar la autoría. Por tanto, la inscripción en el Registro es voluntaria, y constituye uno de los sistemas de protección de los derechos de Propiedad Intelectual. Cualquier persona puede consultar los asientos del Registro para informarse de las obras inscritas, los autores y los titulares de los derechos.

El Registro es único para todo el Estado español pero tiene una estructura descentralizada a través de los Registros Territoriales.

No se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual:

  • Las ideas

  • Los proyectos (a excepción de las obras de arquitectura e ingeniería)

  • Los inventos

  • Los logotipos

  • Los nombres comerciales, artísticos o de marcas o productos

  • Los algoritmos o los conceptos matemáticos en sí mismos

  • Las ideas o proyectos para programas televisivos (excepto si los formatos están estructurados como tales)

  • Las disposiciones legales y sus correspondientes proyectos; las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, etc.

El registro de algunos de los apartados anteriores deberá llevarse a cabo en la Oficina Española de Patentes y Marcas

 

Tramitación del Registro de la Propiedad Intelectual

En soporte papel:

  • Se presentará encuadernado o protegido y grapado dentro de una carpeta de plástico, cartulina, etc.

  • Se paginará la obra y en la portada constará el título completo, nombre y apellidos del autor o titular originario.

  • El autor o autores firmarán en la primera y la última página.

  • En caso de aportar fotografías, al dorso de las mismas se hará constar el título de la obra y el nombre y apellidos del autor.

En cualquier otro soporte:

  • Se presentará debidamente guardado a fin de que no se estropee el soporte.

  • Se firmará en el propio soporte por el autor o autores.

En ambos casos se ha de adjuntar: fotocopia del D.N.I. del autor o autores, impresos oficiales de solicitud, documentación complementaria (en caso de que se requiera) y el justificante del abono de la tasa.