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Normas de préstamo

1. Definición

La Biblioteca de la Universidad de Sevilla pone sus fondos documentales a disposición de sus usuarios y usuarias, en las diferentes Bibliotecas de Centro y en la Biblioteca General mediante el servicio de préstamo.

Se entiende por préstamo a domicilio aquel mediante el cual el ejemplar sale físicamente del recinto de la biblioteca, quedando registrada esta transacción en el sistema automatizado de la Biblioteca. La persona beneficiaria de dicho préstamo es responsable de su conservación y devolución en el plazo establecido. Todos los préstamos realizados por un/a usuario/a de la Biblioteca son responsabilidad del titular del carnet utilizado para tal fin.

2. Usuarios

Son personas usuarias del préstamo:

  • Los miembros de la Universidad de Sevilla (profesores/as, alumnos/as y personal de administración y servicios).

  • Los miembros de Centros e Institutos adscritos a la Universidad de Sevilla.

  • El personal investigador acreditado  y profesorado invitado.

  • Los alumni de la Universidad de Sevilla.

  • Usuarios/as externos/as: ciudadanos/as residentes en Sevilla y su provincia.

Para el alta como persona usuaria de la Biblioteca es requisito imprescindible contar con usuario virtual de la Universidad, excepto en el caso del estudiantado del Centro Adscrito EUSA y usuarios/as externos/as.

Para poder utilizar el servicio de préstamo será necesaria la presentación del carnet expedido por la Universidad, en el caso de miembros de la comunidad universitaria, o del carnet expedido por la Biblioteca, cuando se trate de personas ajenas a la comunidad de la Universidad de Sevilla.

3. Protección de los datos de los usuarios

El personal de la Biblioteca no podrá suministrar a un/a usuario/a o a organismos externos a la Universidad de Sevilla información personal sobre las personas registradas en el sistema.

Las personas usuarias tienen derecho a revisar sus propios expedientes. La información contenida en estos registros es mantenida por el personal bibliotecario, y cualquier error en la información registrada debe ser comunicado inmediatamente a la Biblioteca.

4. Documentos objeto de préstamo

El fondo bibliográfico de la Biblioteca de la Universidad, sea cual sea su ubicación, puede ser objeto de préstamo para toda la comunidad universitaria, con las siguientes excepciones: se excluyen las obras de referencia, revistas, obras del Fondo Antiguo y todas aquellas que por sus características peculiares y estado de conservación hagan aconsejable su consulta exclusiva en las instalaciones de la Biblioteca.

Las personas usuarias son responsables de devolver el material en buen estado. Será objeto de penalización cualquier tipo de acción que deteriore el material bibliográfico: marcar, subrayar, arrancar hojas, etc.

5. Condiciones de préstamo

5.1 Duración y categorías de personas usuarias. Los periodos de préstamo varían según el tipo de usuario/a y clase de documento. El Anexo I presenta el cuadro resumen de la duración del préstamo según el tipo de usuario/a. Las personas usuarias se han agrupado en las siguientes categorías:

  • Estudiantes de primer y segundo ciclo de la Universidad de Sevilla; Aula de la Experiencia y del Instituto de Idiomas; estudiantes con beca de intercambio (Erasmus, etc.). Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Estudiantes de Centros Adscritos: estudiantes de la E.U. Virgen del Rocío, E.U. Cruz Roja, E.U. Francisco Maldonado, E.U. Cardenal Spínola, Centro de Estudios Universitarios EUSA y E.U. de Enfermería San Juan de Dios. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Estudiantes de Institutos Universitarios: estudiantes del Instituto García Oviedo, Instituto de Biología del Desarrollo, Instituto de Medicina Legal e Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Doctorado/Máster: para los estudiantes de la Universidad de Sevilla de tercer ciclo y estudiantes de programas de postgrado y de enseñanzas propias de la US. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Profesorado: para el profesorado de la Universidad de Sevilla y profesorado invitado. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Profesorado de Centros Adscritos: profesorado de la E.U. Virgen del Rocío, E.U. Cruz Roja, E.U. Francisco Maldonado, E.U. Cardenal Spínola, E.U. Turismo y E.U. de Enfermería San Juan de Dios. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Personal Investigador: para personal  investigador acreditado, becarios/as de investigación y profesorado y personal jubilado. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • PAS: personal de administración y servicios de la Universidad de Sevilla. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

  • Alumni ( Alumnos/as egresados/as de la Universidad de Sevilla): acreditados/as como tales. Este grupo tiene derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS . Inscripción en : https://alumni.us.es/hazte-alumni/registrate

  • Usuarios/as externos/as: aquellas personas que no son miembros de la comunidad de la Universidad de Sevilla, que residen en la provincia de Sevilla y que no reúnen ninguno de los requisitos anteriores, tienen derecho al préstamo de todos los fondos permitidos de la BUS.

5.2 Renovaciones. Es posible efectuar renovaciones cuando se quiera prolongar el préstamo, siempre que no esté la obra reservada por otra persona usuaria y que la persona interesada no haya incurrido en penalización. La persona usuaria solo podrá solicitar la renovación del préstamo de un ejemplar en aquella Biblioteca en la que se haya efectuado dicho préstamo. Debe hacerse con antelación a la fecha de devolución.

5.3 Reservas. Es posible hacer la reserva de un documento prestado. Las reservas se harán sobre el título del que pueda haber varias copias. Una vez que devuelvan el primer ejemplar, la Biblioteca avisará a quien haya hecho la reserva para que pueda venir a retirarlo y llevárselo en préstamo.

5.4 Préstamos extraordinarios. En vacaciones de verano se ampliará la fecha de devolución de los préstamos, con una duración extraordinaria, que se comunicará con la suficiente antelación. Este tipo de préstamo no se puede renovar.

6. Incumplimiento de las normas

La persona usuaria, en el momento que registra sus datos en el sistema de préstamo de la Universidad de Sevilla, acepta las condiciones de utilización del servicio, y las limitaciones o penalizaciones que conlleva su incumplimiento.

 

6.1 En caso de retraso en la devolución. Quien solicite material en préstamo, asume la responsabilidad de devolver o renovar el material dentro del plazo establecido. El retraso en la devolución del material supondrá la suspensión del derecho a préstamo durante dos días naturales por día de retraso. En el caso de préstamo en el día serían 5 días naturales por retraso en la devolución.

Al Incurrir en 6 penalizaciones a lo largo del mismo curso académico, se pierde el derecho a préstamo durante dicho curso.

 

6.2 En caso de pérdida del ejemplar. Se debe notificar inmediatamente la pérdida del material en préstamo.  La persona usuaria será responsable de reponerlo o adquirir, siempre con el asesoramiento del personal bibliotecario, otro documento u objeto de la misma temática y/o características cuando el material objeto de préstamo no esté a la venta. Hasta que no haga efectiva la restitución del material perderá el derecho a préstamo.

 

6.3 En caso de deterioro del ejemplar. La persona prestataria ha de respetar la correcta conservación de los materiales obtenidos en préstamo. Por ello, cuando se compruebe claramente que un documento, objeto o equipo ha sufrido grave deterioro durante el periodo de préstamo, esa persona deberá reponer dicho material, en las mismas condiciones que las expuestas en el apartado anterior.

 

6.4 En caso de sustracción de un ejemplar. Cuando una persona saque cualquier material de una Biblioteca sin haber cumplido los trámites reglamentarios establecidos para retirarlo, perderá el derecho a préstamo y se informará a la dirección del Centro donde dicha persona realice su actividad académica para que se tomen las medidas oportunas.