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Préstamo delegado

¿Qué es el préstamo delegado?

Es la posibilidad que tienen los miembros de la comunidad universitaria de la US de delegar en otra persona, a la que autoriza, la recogida de documentos impresos de la biblioteca.
 
Requisitos previos:

1.Sólo podrán actuar como autorizados/as para recoger un préstamo delegado los/las ciudadanos/as de Sevilla y su provincia, o las personas usuarias de la comunidad universitaria de la US.  
2.La persona usuaria que autoriza no puede tener sanción en la biblioteca, ni el máximo de ejemplares en préstamo permitidos.
 

Procedimiento de solicitud:

La persona que delega en otra la recogida de un documento impreso, puede autorizarla de las siguientes formas:

1. Enviar por correo-e la autorización a la biblioteca prestataria, con sus datos mínimos y los de la persona a la que autoriza (Apellidos, nombre, correo-e y DNI de las dos personas).  Los correos de contacto de las diferentes bibliotecas los pueden consultar en este enlace: https://bib.us.es/contacto/correos
2. Directamente la persona se presenta en el mostrador, con una autorización (impresa o en cualquier dispositivo electrónico) y con copia del DNI de quien autoriza.

En ambos casos debe aparecer la siguiente información de las dos personas, el que autoriza y la autorizada: “Nombre y Apellidos, con DNI…., autoriza a Nombre y Apellidos, con DNI …. y con correo-e…….. a recoger el libro……….. Fecha y firma”.

La persona que ha delegado en otra recibirá un correo electrónico con la notificación sobre el préstamo, y podrá consultar en el apartado “Mi cuenta” los documentos retirados en su nombre, así como la fecha de devolución.

La devolución la podrá hacer cualquier persona en el mostrador o buzón de la biblioteca propietaria del ejemplar.